El
DNI está facultado para cumplir su misión, amparado en la Ley 857 del 22 de
julio de 1978 (publicada in extenso en este Website), y constituye un organismo
de apoyo a la estrategia de seguridad nacional en procura de mantener la
estabilidad, orden, prosperidad y continuidad del Estado Dominicano.
Como
Agencia de Inteligencia, recolecta, procesa y disemina información referente
a la seguridad del Estado y sus instituciones, cuyo producto está destinado a
servir de base, a la toma de decisiones de los más altos niveles de mando de la
nación.
También
tiene como misión la colecta, procesamiento y diseminación relativas al crimen
organizado, nacional o extranjero, a fin de poder detectar los indicadores que
revelen el desarrollo de las actividades delictivas que atentan contra la
seguridad del Estado, el orden público, la Constitución y las leyes.
El
DNI se encuentra inmerso, de manera activa, en la política de desarrollo
nacional y de reforma y modernización del Estado Dominicano, implementada por
el Superior Gobierno, persiguiendo aligerar el lastre que ha tenido que cargar
por hechos históricos que en nada se corresponden con la misión ni con la política
de Seguridad Nacional, que competen a un Estado moderno y progresista.
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